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27 - Salud Digital

27.10 - Ética digital

Objetivos de Aprendizaje
  • Comprender el marco normativo y operativo aplicable en este capítulo.
  • Identificar los protocolos estandarizados de actuación prehospitalaria.
  • Aplicar correctamente los criterios de valoración y toma de decisiones.

27.10 - Ética digital

1. Conceptos básicos

La ética digital aplica los principios de la ética asistencial al uso de tecnologías de la información en el ámbito prehospitalario. El TES maneja datos de salud, imágenes, comunicaciones y registros electrónicos durante la atención.

Principios aplicables:

| Principio | Aplicación digital en TES |

|-----------|---------------------------|

| **Confidencialidad** | No compartir datos del paciente por canales no autorizados |

| **Legalidad** | Usar solo sistemas y aplicaciones aprobados por el servicio |

| **Proporcionalidad** | Capturar solo la información mínima necesaria para la asistencia |

| **Documentación** | Registrar de forma veraz, completa y trazable |

La Ley 41/2002 regula la autonomía del paciente y la confidencialidad de sus datos. El Código Deontológico del TES extiende estas obligaciones al entorno digital.

2. Manejo prehospitalario

Indicaciones

Aplicar criterios de ética digital cuando se realice cualquiera de estas acciones:

  • Registrar datos clínicos en dispositivos electrónicos o tabletas.
  • Enviar información a centros coordinadores o receptores.
  • Usar aplicaciones de mensajería para consultas clínicas.
  • Capturar imágenes o vídeo del paciente o la escena.
  • Acceder a historias clínicas electrónicas.
  • Usar redes sociales durante o después del servicio.
  • Procedimiento

    1. **Verificar la necesidad**: preguntarse si la captura o transmisión del dato es imprescindible para la asistencia.

    2. **Usar canales oficiales**: emplear exclusivamente los sistemas de registro y comunicación autorizados por el servicio.

    3. **Minimizar datos**: registrar solo la información clínica relevante. Evitar datos identificativos innecesarios.

    4. **Informar al paciente**: cuando la situación lo permita, comunicar qué datos se registran y con qué finalidad.

    5. **Proteger el dispositivo**: mantener tabletas, teléfonos y equipos con bloqueo activo y sin acceso de terceros.

    6. **No difundir**: abstenerse de compartir casos, imágenes o datos en redes sociales, incluso sin identificar al paciente.

    Criterios de decisión

    | Situación | Actuación ética |

    |-----------|-----------------|

    | Duda sobre si un dato es necesario | No registrarlo hasta confirmar su utilidad clínica |

    | Solicitud de información por canal no oficial | Rechazar y derivar al canal autorizado |

    | Imagen con valor clínico pero riesgo identificativo | Consultar protocolo del servicio antes de capturar |

    | Presión para compartir un caso en redes | Negarse; vulnera la confidencialidad |

    3. Errores críticos

  • **Compartir datos por aplicaciones personales** como WhatsApp o correo no corporativo.
  • **Publicar imágenes o comentarios de intervenciones** en redes sociales, aunque no se identifique al paciente.
  • **Dejar dispositivos desbloqueados** con datos clínicos visibles.
  • **Registrar información no asistencial** o juicios personales en la historia clínica.
  • **Acceder a historias de pacientes no atendidos** por curiosidad.
  • **Fotografiar la escena o al paciente** sin indicación clínica ni autorización.
  • 4. Checklist de repaso

  • [ ] ¿El dato que voy a registrar es necesario para la asistencia?
  • [ ] ¿Estoy usando un canal o sistema autorizado?
  • [ ] ¿He informado al paciente cuando era posible?
  • [ ] ¿El dispositivo está protegido y bajo mi control?
  • [ ] ¿He evitado compartir cualquier información fuera del ámbito asistencial?
  • [ ] ¿Mi actuación digital respeta la Ley 41/2002 y el Código Deontológico?
  • 5. Recursos relacionados

  • Capítulo 16.01 — Marco Legal: principios ético-legales aplicables al TES.
  • Capítulo 16.02 — Ética y confidencialidad: desarrollo de obligaciones deontológicas.
  • Capítulo 13.02 — Comunicaciones: uso correcto de canales de radio y datos.
  • Capítulo 13.06 — Monitorización: manejo ético de datos de equipos electrónicos.
  • Ley 41/2002, de 21 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente.
  • Código Deontológico del TES y Código Ético del Col·legi de Tècnics d'Emergències Sanitàries.
  • Fuentes

    [Guías Clínicas Internacionales de Medicina de Emergencias] Borrador generado sin fuentes verificadas.

    Puntos pendientes de revisión clínica

  • Revisar dosis, umbrales, contraindicaciones y plazos contra guía vigente.
  • Sustituir los `[Guías Clínicas Internacionales de Medicina de Emergencias]` por fuentes con identificador resoluble (DOI/PMID/norma).
  • Validación por profesional antes de considerar el capítulo completado.
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    Código 0 · Ecosistema Prehospitalario