16.04.02 - Instrucciones previas
1. Conceptos básicos
Las instrucciones previas son la manifestación escrita de la voluntad de una persona sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que desea recibir, o no recibir, en caso de no poder expresarlos por sí misma.
En el ámbito prehospitalario, el TES debe conocer su existencia, su validez y cómo integrarlas en la toma de decisiones cuando el paciente no tiene capacidad para comunicarse.
**Puntos clave:**
Documento regulado por normativa autonómica y estatal.Expresa deseos sobre maniobras de soporte vital, limitación del esfuerzo terapéutico o derivación a centro.Puede designar a un representante o interlocutor válido.No obligan a realizar actuaciones contrarias a la buena práctica clínica ni a la normativa vigente.2. Manejo prehospitalario
Indicaciones
Paciente sin capacidad actual para decidir o comunicarse.Existencia de documento de instrucciones previas accesible o aportado por familiares, representante o servicios de emergencias.Duda razonable sobre la voluntad del paciente ante maniobras invasivas o traslado.Procedimiento
| Paso | Acción |
|---|---|
| 1 | Verificar la identidad del paciente y la existencia del documento. |
| 2 | Confirmar que el documento corresponde al paciente y está vigente. |
| 3 | Identificar al representante designado, si lo hay. |
| 4 | Comunicar la situación al centro coordinador antes de tomar decisiones limitantes. |
| 5 | Registrar en el informe asistencial: documento consultado, decisiones adoptadas y persona que lo aporta. |
Criterios de decisión
Si el documento es claro, vigente y aplicable a la situación clínica, se respeta su contenido.Si hay dudas sobre su validez, aplicación o interpretación, se contacta con el centro coordinador.Si existe riesgo vital inmediato y no hay acceso rápido al documento, se prioriza la actuación sanitaria básica y se reevalúa en cuanto sea posible.Las instrucciones previas no sustituyen la valoración clínica ni eximen de prestar cuidados básicos, confort y soporte psicológico.3. Errores críticos
Ignorar un documento válido aportado por el representante o por el centro coordinador.Aplicar instrucciones previas sin verificar identidad, vigencia o correspondencia con el paciente.Confundir instrucciones previas con opiniones de familiares no designados como representantes.No registrar en el informe asistencial la existencia del documento y las decisiones tomadas.Retrasar maniobras básicas de soporte vital por buscar documentación en una situación crítica sin acceso inmediato a ella.4. Checklist de repaso
[ ] ¿El paciente tiene capacidad para decidir en este momento?[ ] ¿Existe documento de instrucciones previas accesible o aportado?[ ] ¿Está verificada la identidad y la vigencia del documento?[ ] ¿Se ha identificado al representante legal o designado?[ ] ¿Se ha contactado con el centro coordinador ante decisiones limitantes?[ ] ¿Se ha registrado todo en el informe asistencial?5. Recursos relacionados
16.01 – Marco Legal: competencia general del TES y normativa aplicable.13.06.02 – Preaviso hospitalario y elección de centro: comunicación con el hospital receptor y centro coordinador.03.07 – Transferencias y ergonomía: manejo seguro del paciente durante el traslado.[Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y Código Deontológico Sanitario]Fuentes
[Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y Código Deontológico Sanitario] Borrador generado sin fuentes verificadas.
Puntos pendientes de revisión clínica
Revisar dosis, umbrales, contraindicaciones y plazos contra guía vigente.Sustituir los `[Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y Código Deontológico Sanitario]` por fuentes con identificador resoluble (DOI/PMID/norma).Validación por profesional antes de considerar el capítulo completado.← Volver al listado del bloqueCódigo 0 · Ecosistema Prehospitalario